Partner Terms of Engagement

PLEASE NOTE THAT BY PROVIDING SERVICES (AS DEFINED BELOW) TO THE COMPANY YOU WILL AUTOMATICALLY BE DEEMED TO HAVE ACCEPTED AND BE BOUND BY THE TERMS OF THIS AGREEMENT IN ITS ENTIRETY. IF YOU DO NOT AGREE TO ANY PROVISIONS IN THIS AGREEMENT, PLEASE DO NOT PROVIDE ANY SERVICES TO THE COMPANY.

Partes

(1)          BDXL LTD, que comercia con el nombre de "Translayte", constituida y registrada en Inglaterra y Gales con el número de Empresa 7496682, cuyo domicilio social se encuentra en 20 - 22 Wenlock St., Londres, Reino Unido, N1 7GU (“Empresa”); y

(2)          El Proveedor que tiene un contrato de servicios con la Empresa ("Proveedor").

(conjuntamente, las "Partes" y cada una de ellas, una "Parte").

Considerando que:

(1)          La Empresa ofrece servicios de traducción, redacción y edición para Empresas y particulares;

(2)          El Proveedor desea ayudar a la Empresa en la prestación de dichos servicios; y

(3)          El presente Acuerdo regula la relación entre la Empresa y el Proveedor.

Las Partes acuerdan lo siguiente:

1.            Interpretación

1.1.         Las definiciones y reglas de interpretación de esta Cláusula se aplican en este Acuerdo (a menos que el contexto requiera otra cosa).

Actividad de la Empresa: prestación de servicios de traducción, redacción y edición.

Día laborable: cualquier día fuera de los fines de semana y los días festivos del Reino Unido entre las 9 y las 18 horas (GMT).

Oportunidades de negocio: cualquier oportunidad de la que el Proveedor tenga conocimiento durante el Compromiso y que esté relacionada con el Negocio de la Empresa o de cualquier Empresa del Grupo o que la Dirección considere razonablemente que pueda ser beneficiosa para la Empresa o cualquier Empresa del Grupo.

Capacidad: como agente, Proveedor, director, empleado, propietario, socio, accionista o en cualquier otra capacidad.

Cliente: la persona, Empresa o Empresa que adquiere los Servicios de Translayte.

Fecha de inicio: la fecha del presente Acuerdo.

Propiedad de la Empresa: todos los documentos, libros, manuales, materiales, registros, correspondencia, papeles e información (en cualquier medio y dondequiera que se encuentre) relacionados con el Negocio o los asuntos de la Empresa o la Empresa del Grupo o sus clientes y contactos comerciales, y cualquier equipo, contraseña, hardware o software proporcionado para el uso del Proveedor por la Empresa durante el Compromiso, y cualquier dato o documento (incluyendo copias) producido, mantenido o almacenado por el Proveedor en los sistemas informáticos de la Empresa o del Proveedor u otro equipo electrónico durante el Compromiso.

Información confidencial: la información, cualquiera que sea su forma (incluida, sin limitación, en forma escrita, oral, visual o electrónica o en cualquier disco o memoria magnética u óptica y dondequiera que se encuentre) relativa al negocio, los clientes, los productos, los asuntos y las finanzas de la Empresa o de cualquier Empresa del Grupo por el momento confidencial para la Empresa o cualquier Empresa del Grupo y los secretos comerciales, incluidos, sin limitación, los datos técnicos y los conocimientos técnicos relativos al negocio de la Empresa o de cualquier Empresa del Grupo o de cualquiera de sus Proveedores, clientes, agentes, distribuidores, accionistas, dirección o contactos comerciales, incluyendo en particular, sin limitación, las guías de estudio, los documentos estándar de redacción, los recursos e incluyendo, sin limitación, la información que el Proveedor cree, desarrolle, reciba u obtenga en relación con el Compromiso, independientemente de que dicha información (si no es en forma oral) esté marcada como confidencial.

Fecha límite: la fecha especificada por la Empresa, independientemente de que el Cliente o un tercero haya facilitado al Proveedor información diferente.

Compromiso: la contratación del Proveedor por parte de la Empresa en los términos del presente Contrato.

Empresa del Grupo: la Empresa, sus Filiales o cualquier Empresas de cartera y cualquier Filial de cualquier Empresa de cartera oportunamente dispuestas.

Derechos de propiedad intelectual: todos los derechos de patentes (incluida la solicitud de protección de patentes), marcas comerciales, marcas de servicio, derechos de diseño, derechos de autor, derechos de bases de datos, información confidencial, secretos comerciales, nombres comerciales o Empresariales, derechos de publicidad, nombres de dominio, y cualquier otro derecho u obligación similar, ya sea registrable o no en cualquier país, así como las solicitudes de cualquiera de los anteriores.

Invención: cualquier invención, idea, descubrimiento, desarrollo, mejora o innovación realizada por el Proveedor en la prestación de los Servicios, ya sea patentable o susceptible de registro, y esté o no registrada en cualquier soporte.

Trabajo: cualquier proyecto, encargo o pedido realizado por un Cliente de acuerdo con los Términos y Condiciones de la Empresa.

Bolsa de trabajo: base de datos confidencial proporcionada al Proveedor para permitirle ver los trabajos disponibles, solicitar trabajos completos, gestionar el progreso de un trabajo, enviar trabajos, determinar la disponibilidad y actualizar el perfil del Proveedor.

Dirección: el Consejo de Administración de la Empresa (incluido cualquier comité del Consejo debidamente nombrado por éste).

Políticas: las políticas de la Empresa relativas (entre otras) a la discriminación, la enfermedad y las ausencias, los reclamos y la protección de datos. 

Declaración precontractual: un compromiso, promesa, seguridad, declaración, representación, garantía o entendimiento (ya sea por escrito o no) de una persona (ya sea parte de este Acuerdo o no) en relación con el Compromiso que no esté expresamente establecido en este Acuerdo o en cualquier documento al que se haga referencia en él.

Servicios: los servicios prestados por el Proveedor en su calidad de Proveedor de la Empresa o de cualquier Empresa del Grupo, tal y como se describen más concretamente en el Anexo.

Filial y Empresa de cartera: en relación con una Empresa, "filial" y "Empresa de cartera", tal y como se definen en la sección 1159 de la Ley de Sociedades de 2006, y una Empresa se considerará, únicamente a efectos del requisito de pertenencia contenido en las subsecciones 1159(1)(b) y (c), como miembro de otra Empresa, incluso si sus acciones en esa otra Empresa están registradas a nombre de (a) otra persona (o su representante), ya sea a modo de garantía o en relación con la toma de garantías, o (b) un representante.

Fecha de terminación: la fecha de terminación del presente Acuerdo, cualquiera que sea su origen.

Trabajos: todos los registros, traducciones, informes, documentos, papeles, dibujos, diseños, transparencias, fotos, gráficos, logotipos, memorias de traducción, arreglos tipográficos, programas informáticos y cualquier otro material en cualquier forma, incluyendo sin limitación la copia impresa y el formato electrónico, preparado por el Proveedor en la prestación de los Servicios.

1.2          Los títulos de      estas condiciones no afectarán a su interpretación.

1.3         Una persona incluye una persona física, una corporación o una entidad no constituida en Empresa (tenga o no personalidad jurídica propia).

1.4         La referencia a una ley o a una disposición legal es una referencia a ella tal y como está en vigor en ese momento, teniendo en cuenta cualquier modificación, ampliación o nueva promulgación, e incluye cualquier legislación subordinada en vigor realizada en virtud de ella.

1.5          La referencia a la escritura o al escrito incluye el fax, el correo electrónico y el sitio web de la Empresa.

1.6         Cualquier obligación en el Compromiso de una persona de no hacer algo incluye, sin limitación, una obligación de no acordar, permitir, autorizar o consentir que se haga esa cosa.

1.7          El Anexo de este Acuerdo forma parte de (y se incorpora a) este Acuerdo.

2.            Condiciones de contratación 

2.1          La Empresa contratará al Proveedor y éste prestará los Servicios en los términos del presente Contrato.

2.2          La Empresa no estará obligada a asignar al Proveedor ningún Trabajo.

2.3          El Compromiso se considerará iniciado en la Fecha de Inicio y continuará a menos que y hasta que sea terminado:

(a)          según los términos de este Acuerdo; o

(b)          mediante notificación escrita de cualquiera de las partes con una antelación mínima de 30 días; o

(c)           en caso de que el Proveedor no acepte un Trabajo durante un máximo de 4 semanas y no lo notifique a la Empresa. 

2.4          Cuando el presente Acuerdo sea rescindido de conformidad con la Cláusula 2.3(c) y el Proveedor desee reanudar su trabajo para la Empresa, el Proveedor deberá suscribir la versión del presente Acuerdo que esté en vigor en la fecha de reanudación de su trabajo con la Empresa.

3.            Obligaciones del Proveedor 

3.1          Durante el Contrato, el Proveedor deberá:

(a)          Prestar los servicios (con sujeción a lo dispuesto en el apartado 3.1 (d)) de acuerdo con las especificaciones de la Empresa, completar todos los encargos previamente aceptados por el Proveedor y hacer que el trabajo sea revisado por la Empresa y/o un tercero independiente.

(b)          Adoptar todas las medidas razonables para garantizar que los servicios se devuelvan en el plazo acordado y según las especificaciones del proyecto. 

(c)           Informar a la Empresa por escrito inmediatamente si no puede completar los Servicios a tiempo. 

(d)          garantizar la exactitud de las traducciones juradas, (que son responsabilidad legal del Proveedor), con derecho a rechazar las solicitudes realizadas por la Empresa o un Cliente si considera que no son verdaderas/exactas.

3.2           La Empresa se reserva el derecho de no pagar los Servicios que no se hayan completado en la Fecha Límite.

3.3          Si hay evidencia de que la calidad del Trabajo está por debajo de un nivel razonable y el Proveedor no puede realizar el Trabajo al nivel requerido, la Empresa tiene el derecho de terminar el Compromiso y retener y/o reducir el pago discrecionalmente.

3.4          Cualquier decisión en virtud de la cláusula 3.3 podrá ser impugnada por el Proveedor mediante notificación por escrito a la Dirección.

3.5          A menos que el Proveedor haya sido específicamente autorizado por la Empresa por escrito, el Proveedor no podrá:

(a)          tener autoridad para incurrir en cualquier gasto en nombre o por cuenta de la Empresa; o

(b)          hacerse pasar por alguien con autoridad para obligar a la Empresa.

3.6          Durante el Compromiso, el Proveedor se compromete con la Empresa a tomar todas las medidas razonables para ofrecer (o hacer que se ofrezca) a la Empresa cualquier Oportunidad de Negocio tan pronto como le sea posible luego de conocerla.

3.7          El Proveedor está obligado a revelar cualquier Oportunidad de Negocio a la Empresa, a menos que hacerlo suponga un incumplimiento por parte del Proveedor de cualquier obligación de confidencialidad o de cualquier deber fiduciario con cualquier tercero.

3.8          El Proveedor podrá utilizar a un tercero para realizar cualquier función administrativa, de oficina o de secretaría que sea razonablemente incidental a la prestación de los Servicios siempre que:

(a)          la Empresa no será responsable de los costes de dichas funciones; y

(b)          a petición de la Empresa, el tercero deberá contraer compromisos directos con la Empresa, incluso en materia de confidencialidad.

4.            Enmiendas

4.1          El Proveedor se compromete a realizar todas las modificaciones solicitadas por la Empresa en el plazo de 24 horas a partir de la recepción de ellas por parte del Cliente o de la Empresa. El Cliente reconoce y acepta que el trabajo realizado por el Proveedor en relación con un Trabajo sólo se transmitirá al Cliente después de que el equipo de garantía de calidad de la Empresa haya revisado y aceptado el trabajo.

4.2          Si el Proveedor presenta un trabajo que no cumple con los requisitos del Trabajo, y el Proveedor no puede modificar el trabajo dentro del plazo requerido, la Empresa se reserva el derecho de no pagar al Proveedor por el Trabajo.

4.3          Si el Proveedor no es capaz de modificar el trabajo en el plazo requerido, la Empresa se reserva el derecho de subcontratar las modificaciones necesarias a otro Proveedor a costa de él.

5.            Plazo

5.1          La Empresa se reserva el derecho de:

(a)          deducir hasta el 50% de los honorarios (la "Penalización de Plazo") debidos al Proveedor por el Trabajo si éste no completa el Trabajo en el Plazo;

(b)          retirar al Proveedor de un trabajo si éste:

(i)            no mantiene una comunicación adecuada con la Empresa durante el periodo en el que se supone que se realiza el trabajo; y

(ii)           no demuestra adecuadamente a la Empresa (en opinión razonable de la Dirección), cuando se le solicite, durante el periodo en el que se supone que el Proveedor está realizando el Trabajo, que éste se está llevando a cabo y que se completará antes de la Fecha Límite.

5.2          El Proveedor avisará a la Dirección lo antes posible si prevé cualquier problema para cumplir el Plazo. La Dirección podrá, a su sola y absoluta discreción, prorrogar el Plazo.

5.3          A los efectos de la cláusula 5.1, si la Dirección concede una prórroga del Plazo, también podrá decidir, a su discreción, que no se imponga ninguna penalización. Si la Dirección no concede una prórroga del Plazo, el Proveedor seguirá estando obligado a completar el Trabajo en el Plazo original.

5.4          Ninguna prórroga de un Plazo será válida a menos que el Proveedor haya recibido confirmación por escrito de dicha prórroga por parte de la Empresa.

5.5          El Proveedor será el único responsable de hacer llegar el Trabajo completado al Cliente dentro del Plazo. El Proveedor reconoce y acepta que:

(a)          Los trabajos presentados a la Empresa están sujetos a una revisión de calidad por parte de la Empresa.

(b)          Los trabajos pueden ser devueltos al Proveedor para su modificación.

5.6          Cualquier Trabajo que se considere incompleto en opinión de la Empresa en la Fecha Límite podrá ser clasificada como que ha incumplido la Fecha Límite y estará sujeta, a discreción de la Empresa, a la Penalización por Fecha Límite de acuerdo con la Cláusula 5.1.

6.            Conducta profesional 

6.1          El Proveedor actuará en todo momento con respeto, profesionalidad y cortesía hacia los Clientes, otros Proveedores y empleados de la Empresa.

6.2          El Proveedor actuará en todo momento en el mejor interés de la Empresa y se abstendrá de hacer o decir cualquier cosa que pueda razonablemente esperarse que desprestigie a la Empresa, a cualquiera de sus Clientes, Proveedores, empleados, accionistas o a la Dirección, o al Negocio de la Empresa.

6.3          El Proveedor cumplirá en todo momento, en el desempeño de sus funciones, con todas las leyes y reglamentos aplicables, así como con todas las Políticas de la Empresa publicadas y en vigor en cada momento.

7.            Subcontratación

7.1          El Proveedor completará todos los Trabajos que le sean asignados por la Empresa y no se le permitirá (sin consentimiento previo por escrito de la Dirección, otorgado bajo la Cláusula 5.4) delegar, subcontratar o procurar de otro modo que el Trabajo sea realizado por un tercero.

7.2          Cualquier incumplimiento de la Cláusula 7.1 constituirá una infracción grave del presente Acuerdo que dará derecho a la Empresa a rescindir el presente Acuerdo de conformidad con la Cláusula 16.1 de forma inmediata y sin previo aviso.

7.3          Cuando un Proveedor esté interesado en subcontratar cualquier Trabajo a un tercero (el "Subcontratista"), el Proveedor deberá notificar a la Empresa los detalles sobre el Subcontratista que la Empresa pueda solicitar y proporcionar a la Empresa detalles y pruebas de las calificaciones del Subcontratista. Al recibir dicha información, la Empresa podrá comprobar la idoneidad del Subcontratista para realizar el Trabajo. El Proveedor podrá retener o excluir los datos de contacto del Subcontratista. La Empresa, a su única y absoluta discreción, podrá aprobar al Subcontratista.

7.4          Al aprobar un Subcontratista bajo la Cláusula 7.3, la Dirección podrá, a su única y absoluta discreción, consentir que un Subcontratista realice la totalidad o parte de cualquier Trabajo.

7.5          Antes de que un Subcontratista realice la totalidad o parte de un Trabajo, el Proveedor se asegurará de que el Subcontratista firme un Acuerdo con el Proveedor sustancialmente en los términos de este Acuerdo, con la salvedad de que la Empresa no tendrá obligación de pagar al Subcontratista por cualquier trabajo realizado por dicho Subcontratista en relación con un Trabajo.

7.6          Para evitar cualquier duda, la Empresa no tendrá ninguna obligación de realizar ningún pago al Subcontratista, incluyendo, sin limitación, los honorarios debidos al Subcontratista por el Proveedor por cualquier trabajo realizado por el Subcontratista en relación con cualquier Trabajo y cualquier impuesto que pueda ser debido en relación con cualquier Trabajo del Subcontratista.

7.7          La Empresa podrá, a su única y absoluta discreción y sin dar una razón, retirar su aprobación o su consentimiento para que un Subcontratista trabaje en cualquier Trabajo. En tales circunstancias, el Proveedor procurará que el Subcontratista deje de trabajar inmediatamente en el/los Trabajo(s) correspondiente(s).

7.8          Cuando un Subcontratista aprobado realice la totalidad o parte de un Trabajo, el Proveedor seguirá siendo responsable en todo momento de la calidad y exactitud del trabajo realizado por el Subcontratista, y de garantizar que el Subcontratista cumpla los criterios mínimos de rendimiento (publicados por la Empresa en cada momento).

8.            Tasas y pagos

8.1          Los honorarios de cada Trabajo serán los indicados en la Bolsa de Trabajo, o los previstos en la Orden de Compra o por el Director de Proyecto. 

8.2          Sin perjuicio de la cláusula 2.3, el Proveedor no está obligado a aceptar un Trabajo.

8.3          El Proveedor presentará un formulario de solicitud de pago en el sitio web de la Empresa, o enviará por correo electrónico a la Empresa una factura en la que se detallen los Servicios prestados y los honorarios a pagar por la prestación de dichos Servicios (más el IVA, si procede).Todos los honorarios presentados deberán referirse a Trabajos que hayan superado los controles de calidad de la Empresa, tal y como se establece en el presente documento.

8.4          Como contraprestación por la prestación de los Servicios durante la Contratación, la Empresa pagará todas las facturas acordadas presentadas por el Proveedor dentro de los 30 días siguientes a su recepción.

8.5          La Empresa tendrá derecho a exigir que el Proveedor modifique cualquier factura para reflejar una deducción de los honorarios adeudados por cualquier Penalización de Plazo (como se define más adelante) u otras deducciones permitidas establecidas en este Acuerdo y el Proveedor modificará la factura en consecuencia.

8.6          La Empresa se reserva el derecho de retener los pagos al Proveedor, cuando a su única y absoluta discreción, los Servicios prestados por el Proveedor no sean satisfactorios y cualquier Trabajo deba ser reembolsado.

8.7          El pago total o parcial de los honorarios reclamados por el Proveedor en virtud de la presente Cláusula 8 o de cualquier gasto se realizará sin perjuicio de cualquier reclamo o derecho de la Empresa o de cualquier Empresa del Grupo contra el Proveedor en relación con la prestación de los Servicios.

8.8          La Empresa tendrá derecho a deducir de los honorarios (y de cualquier otra cantidad debida al Proveedor) cualquier cantidad que el Proveedor pueda deber a la Empresa o a cualquier Empresa del Grupo en cualquier momento.

8.9          El pago total o parcial de los honorarios reclamados o de cualquier gasto se realizará sin perjuicio de cualquier reclamo o derecho de la Empresa o de cualquier Empresa del Grupo contra el Proveedor en relación con la prestación de los Servicios.

9.            Trato a los clientes 

9.1          Los Proveedores tratarán a cada Cliente de forma equitativa y no ofrecerán un trato preferente (ya sea en relación con el precio, el plazo o de otro modo) a ningún Cliente, ya sea un colega, amigo o miembro de la familia o de otro modo. 

9.2          No se acordará ninguna variación de las condiciones de un Trabajo con un Cliente sin el consentimiento previo por escrito de la Dirección.

10.          Gastos

El Proveedor correrá con sus propios gastos en el transcurso del Compromiso.

11.          Otras actividades 

11.1        Nada de lo dispuesto en este Acuerdo impedirá al Proveedor estar comprometido, involucrado o tener algún interés financiero en cualquier Capacidad en cualquier otro negocio, comercio, profesión u ocupación durante el Compromiso siempre que:

(a)          dicha actividad no cause un incumplimiento de las obligaciones del Proveedor en virtud de este Acuerdo ni impacto perjudicial en la capacidad del Proveedor para cumplir dichas obligaciones;

(b)          el Proveedor no solicitará ni intentará alejar de la Empresa el negocio de ningún Cliente con el fin de proporcionarle bienes o servicios que compitan con el Negocio de la Empresa; o

(c)           el Proveedor dará prioridad a la prestación de los Servicios a la Empresa sobre cualquier otra actividad comercial emprendida por el Proveedor durante el curso de la Contratación.

11.2        Durante los 12 meses siguientes a la Fecha de Terminación, el Proveedor deberá:

(a)          no solicitar ni tratar de apartar de la Empresa el negocio o la clientela de cualquier Cliente con el que el Proveedor haya trabajado con el fin de suministrar bienes o servicios a dicho Cliente en competencia con el Negocio de la Empresa; o

(b)          en cualquier momento después de la Terminación, representarse a sí mismo como conectado con la Empresa en cualquier Capacidad.

12.          Información confidencial 

12.1        El Proveedor reconoce que en el curso de la Contratación el Proveedor tendrá acceso a Información Confidencial. Por lo tanto, el Proveedor ha acordado aceptar las restricciones de esta Cláusula 12.

12.2        Salvo en el ejercicio de sus funciones, el Proveedor no podrá, ni durante la Contratación ni en ningún momento después de la Fecha de Terminación, utilizar o revelar a terceros que no sean Subcontratistas aprobado bajo la Cláusula 7.3 Información Confidencial o detalles de los términos de su Contratación, su salario, términos contractuales o condiciones de trabajo, y hará todo lo posible para evitar su publicación o revelación. Esta restricción no se aplica a:

(a)          uso o divulgación autorizado por la Empresa o exigido por la ley, la normativa o un organismo gubernamental o un tribunal de jurisdicción competente; o

(b)          información que ya sea de dominio público, o que llegue a serlo, que no sea por la divulgación no autorizada del Proveedor.

12.3        El Proveedor hará todo lo posible para procurar que un receptor autorizado de Información Confidencial no revele ninguna Información Confidencial a ningún tercero que no sea:

(a)          según lo autorice la Empresa o lo exija la ley, la normativa o un organismo gubernamental o un tribunal de jurisdicción competente, o

(b)          cuando dicha información ya sea de dominio público, o llegue a serlo, por medios distintos a la divulgación no autorizada por parte del Proveedor o Subcontratista.

12.4        En cualquier momento durante el Compromiso, el Proveedor devolverá inmediatamente a la Empresa toda la Propiedad de la Empresa que esté en su poder.

12.5        El Proveedor no revelará y se asegurará de que ningún Subcontratista revele la existencia de este Contrato a ningún tercero ni utilizará el nombre registrado o nombre comercial de la Empresa en material promocional o publicitario sin el previo consentimiento por escrito de la Dirección.

13.          Protección de datos 

13.1        Legislación de Protección de Datos significa la Ley de Protección de Datos de 2018 y cualquier legislación y/o regulación que se implemente o se haga en virtud de ellas, o que modifique, sustituya, reedite o consolide cualquiera de ellas.  Los datos personales, el controlador de datos y el procesador de datos tienen el significado que se les da en la legislación de protección de datos. 

13.2        Translayte es el responsable del tratamiento de datos a efectos de la Legislación de Protección de Datos. El Controlador de Datos es el responsable del tratamiento y determinará cómo se tratarán los Datos Personales en virtud de estos Términos y Condiciones.

13.3        El Tratamiento de los Datos Personales por parte de cualquier Encargado del Tratamiento estará sujeto únicamente a lo dispuesto en las presentes condiciones y en cumplimiento de las instrucciones del Controlador de Datos.

13.4        La Empresa podrá tratar los datos personales que recabe del Proveedor de acuerdo con su Política de Privacidad.

14.          Propiedad intelectual 

14.1        El Proveedor cede a la Empresa todos los Derechos de Propiedad Intelectual existentes y futuros sobre los Trabajos y las Invenciones y todos los materiales que incorporan estos derechos en la medida en que lo permita la ley. Si no se conceden automáticamente por efecto de la ley o en virtud de este Acuerdo, el Proveedor tiene la titularidad legal de estos derechos e invenciones en fideicomiso para la Empresa.

14.2        El Proveedor se compromete a:

(a)          notificar por escrito a la Empresa todos los detalles de las Invenciones en el momento de su creación;

(b)          mantener la confidencialidad de los detalles de todas las invenciones;

(c)           cuando la Empresa lo solicite y, en cualquier caso, a la finalización del Compromiso, entregar rápidamente a la Empresa toda la correspondencia, documentos, papeles y registros en todos los soportes (y todas las copias o resúmenes de ellos), que registren o se relacionen con cualquier parte de los Trabajos y el proceso de su creación que estén en su posesión, custodia o poder;

(d)          no registrar ni intentar registrar ninguno de los Derechos de Propiedad Intelectual de los Trabajos, ni ninguna de las Invenciones, a menos que lo solicite La Empresa; y

(e)          realizar todos los actos necesarios para confirmar que la titularidad absoluta de todos los Derechos de Propiedad Intelectual de los Trabajos y las Invenciones ha pasado o pasará a la Empresa.

14.3        El Proveedor garantiza a la Empresa que:

(a)          el Proveedor no ha dado ni dará permiso a ningún tercero para utilizar ninguna de los Trabajos o Invenciones, ni ninguno de los Derechos de Propiedad Intelectual de los Trabajos;

(b)          el Proveedor no tiene conocimiento de ningún uso por parte de terceros de cualquiera de los Trabajos o de los Derechos de Propiedad Intelectual de los Trabajos; y

(c)           el uso de los Trabajos o de los Derechos de Propiedad Intelectual de los Trabajos por parte de la Empresa no infringirá los derechos de ningún tercero.

14.4        El Proveedor se compromete a indemnizar a la Empresa y a mantenerla indemnizada por todos o cualesquiera costes, reclamos, daños y perjuicios o gastos en los que incurra la Empresa, o por los que la Empresa pueda ser responsable, con respecto a cualquier reclamo por infracción de propiedad intelectual u otro reclamo relacionado con Trabajos o Invenciones suministradas por el Proveedor de la Empresa durante el curso de la prestación de Servicios.

14.5        El Proveedor renuncia a cualquier derecho moral sobre los Trabajos al que tenga acceso o pueda tenerlo en virtud del Capítulo IV de la Ley de Derechos de Autor, Diseños y Patentes de 1988 o cualquier otra disposición legal similar en cualquier jurisdicción, incluyendo, sin limitación, el derecho a ser identificado, el derecho a la integridad y el derecho contra la falsa atribución, y se compromete a no iniciar, apoyar, mantener o permitir ninguna acción o reclamo en el sentido de que cualquier tratamiento, explotación o uso de dichas Trabajos u otros materiales infrinja los derechos morales del Proveedor.

14.6        El Proveedor reconoce que, salvo lo dispuesto por la ley, no se adeudan ni pueden adeudarse al Proveedor otros honorarios o compensaciones distintos de los previstos en el presente Contrato en relación con el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de la presente Cláusula 14.

14.7        El Proveedor se compromete, a expensas de la Empresa, en cualquier momento, ya sea durante o después de la Contratación, a ejecutar todos los documentos, hacer todas las solicitudes, prestar toda la asistencia y hacer todos los actos y cosas que puedan, en opinión de la Empresa o de la Dirección, ser necesarios o deseables para conferir los Derechos de Propiedad Intelectual y registrarlos a nombre de la Empresa y defender a la Empresa contra los reclamos de que los Trabajos que incorporan los Derechos de Propiedad Intelectual o las Invenciones infringen los derechos de terceros, y de otro modo proteger y mantener los Derechos de Propiedad Intelectual en los Trabajos y las Invenciones.

14.8        El Proveedor nombra irrevocablemente a la Empresa como su apoderado para ejecutar y hacer cualquier instrumento o cosa y, en general, para utilizar su nombre con el fin de dar a la Empresa o a su representante el beneficio de esta Cláusula 14 y reconoce a favor de un tercero que un certificado por escrito firmado por cualquier director o el secretario de la Empresa de que cualquier instrumento o acto entra dentro de la autoridad conferida por esta Cláusula 14 será una prueba concluyente de que este es el caso.

14.9        Para evitar dudas, los Derechos de Propiedad Intelectual de cualquier contenido, documento o sistema creado para o por la Empresa que se relacione directamente con la Empresa, el Negocio de la Empresa y el Servicio pertenecerán en todo momento a la Empresa.

14.10     Todas las herramientas de trabajo (incluyendo, sin limitación, normas de redacción, plantillas de correo electrónico, notas de los Clientes, estrategia de ventas o de marketing, o cualquier otro documento o guía) entregadas a la Empresa por el Proveedor, o creadas por el Proveedor durante su Compromiso con la Empresa, representarán la propiedad intelectual de la Empresa. Dichas herramientas de trabajo no podrán ser copiadas, vendidas o utilizadas por cualquier razón que no sea el desempeño de los Servicios a los Clientes en nombre de la Empresa.

15.          Propiedad de la Empresa 

15.1        Todos los bienes de la Empresa seguirán siendo en todo momento propiedad de la Empresa.

15.2        Toda la Propiedad de la Empresa proporcionada al Proveedor durante la Contratación se utilizará exclusivamente para prestar los Servicios al Cliente en nombre de la Empresa. Para evitar dudas, cualquier uso material de la Propiedad de la Empresa por cualquier otra razón constituirá un incumplimiento material de este Acuerdo que dará derecho a la Empresa a rescindir este Acuerdo inmediatamente sin previo aviso de conformidad con la Cláusula 16.1.

15.3        El Proveedor no podrá vender, transferir o regalar (o procurar o permitir que otra persona venda, transfiera o regale) ninguna Propiedad de la Empresa a ningún tercero.

16.          Terminación

16.1        Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 2, la Empresa podrá dar por terminado el Contrato con efecto inmediato sin obligación de efectuar ningún otro pago al Proveedor (salvo los importes devengados antes de la Fecha de Terminación) si en cualquier momento el Proveedor:

(a)          cometa cualquier falta grave que afecte a la actividad de la Empresa o de cualquier Empresa del grupo;

(b)          comete cualquier incumplimiento del presente Acuerdo;

(c)           proporciona una transcripción, una prueba de identidad, una dirección o un certificado falsos, o un CV que contiene inexactitudes importantes;

(d)          comete cualquier infracción o incumplimiento grave o reiterado de cualquiera de las disposiciones de este Acuerdo o se niega o descuida el cumplimiento de cualquier instrucción razonable y legal de la Empresa;

(e )         comete una infracción de la cláusula 7.1; 

(f)           sea condenado por cualquier delito penal (que no sea una infracción en virtud de la legislación de tráfico del Reino Unido o de otro país por la que se imponga una multa o una sanción no privativa de libertad);

(g)          sea, en opinión razonable de la Dirección, negligente o incompetente en la prestación de los Servicios;

(h)          es declarado en quiebra o llega a un acuerdo con sus acreedores o en beneficio de ellos, o recibe una orden de administración del tribunal del condado en virtud de la Ley del Tribunal del Condado de 1984;

(i)            cometa cualquier fraude o deshonestidad o actúe de cualquier manera que, en opinión de la Empresa o de la Dirección, desprestigie o pueda desprestigiar al Proveedor o a la Empresa o a cualquier Empresa del Grupo o que sea materialmente adversa a los intereses de la Empresa o de cualquier Empresa del Grupo.

16.2        Los derechos de la Empresa bajo esta Cláusula 16 son sin perjuicio de cualquier otro derecho que pudiera tener en la ley para terminar el Compromiso o para aceptar cualquier incumplimiento de este Acuerdo por parte del Proveedor como que ha puesto fin al Acuerdo. Cualquier retraso por parte de la Empresa en el ejercicio de sus derechos de terminación no constituirá una renuncia a estos derechos.

16.3        El Proveedor no podrá rescindir el presente Contrato de conformidad con la Cláusula 2.3(b) a menos que se hayan completado todos los Trabajos asignados al Proveedor.

16.4        La Empresa se reserva el derecho a retener el pago de cualquier cantidad debida al Proveedor si éste pretende rescindir el presente Contrato de forma distinta a la prevista en la Cláusula 16.3.

17.          Obligaciones en caso de cese 

En la Fecha de Terminación el Proveedor deberá:

(a)          entregar inmediatamente a la Empresa todos los Bienes de la Empresa que estén en su posesión o bajo su control;

(b)          eliminar irremediablemente cualquier información relacionada con la actividad de la Empresa o de cualquier Empresa del grupo almacenada en cualquier disco magnético u óptico o memoria y todo el material derivado de dichas fuentes que esté en su posesión o bajo su control fuera de los locales de la Empresa; y

(c)           proporcionar una declaración firmada de que el Proveedor ha cumplido plenamente con sus obligaciones en virtud de la presente cláusula 17.

18.          Estado

18.1        La relación del Proveedor con la Empresa será la de Proveedor independiente y nada en este Acuerdo lo convertirá en empleado, trabajador, agente o socio de la Empresa y el Proveedor no se hará pasar por tal.

18.2        El presente Acuerdo constituye un contrato de prestación de servicios y no un contrato de trabajo y, en consecuencia, el Proveedor será plenamente responsable e indemnizará a la Empresa o a cualquier Empresa del Grupo por y con respecto a:

(a)          los impuestos sobre la renta, seguro nacional y contribuciones a la seguridad social, así como cualquier otra responsabilidad, deducción, contribución, evaluación o reclamo que surja o se haga en relación con la prestación de los Servicios, cuando la recuperación no esté prohibida por la ley. El Proveedor también indemnizará a la Empresa por todos los costes y gastos razonables, así como por cualquier penalización, multa o interés en que incurra o deba pagar la Empresa en relación con o como consecuencia de dicha responsabilidad, deducción, contribución, valoración o reclamo, salvo cuando ésta derive de la negligencia o el incumplimiento intencionado de la Empresa;

(b)          cualquier responsabilidad derivada de cualquier reclamo relacionada con el empleo o cualquier reclamo basada en la condición de trabajador (incluidos los costes y gastos razonables) presentada por el Proveedor o cualquier Sustituto contra la Empresa que surja de o en relación con la prestación de los Servicios.

19.          Avisos

19.1        Toda notificación efectuada en virtud del presente Acuerdo deberá realizarse por escrito y estar firmada por la parte que la efectúe o en su nombre, y se notificará enviándola por correo electrónico a la dirección de correo electrónico notificada por la parte correspondiente a la otra parte. Cualquier notificación de este tipo se considerará recibida 24 horas después de su envío.

19.2        Para probar dicha notificación bastará con probar que la notificación fue transmitida por correo electrónico a la dirección de correo electrónico de la parte correspondiente.

20.          Variación

Ninguna modificación del presente Acuerdo o de cualquiera de los documentos a los que se refiere será válida a menos que se haga por escrito y esté firmada por todas las partes o en su nombre.

21.          Copias

El presente Acuerdo puede ser ejecutado en cualquier número de copias, cada una de las cuales, al ser ejecutada y entregada, será considerada un original, y todas las copias juntas constituirán un mismo instrumento.

22.          Acuerdo completo y contratos anteriores

22.1        Cada parte, en su propio nombre (y, en el caso de la Empresa, como agente de las Empresas del Grupo) reconoce y acuerda con la otra parte (la Empresa actuando en su propio nombre y como agente de cada Empresa del Grupo) que:

(a)          el presente Acuerdo, junto con cualquier documento al que se haga referencia en él, constituye la totalidad del Acuerdo y el entendimiento entre el Proveedor y la Empresa y cualquier Empresa del Grupo, y sustituye cualquier arreglo, entendimiento o Acuerdo anterior entre ellos en relación con el Compromiso (que se considerará rescindido por consentimiento mutuo);

(b)           al celebrar el presente Acuerdo, ninguna de las partes ni ninguna de las Empresas del Grupo se ha basado en ninguna declaración precontractual; y

(c)           cada parte acepta que los únicos derechos y recursos de que dispone o que se derivan de o en relación con cualquier Declaración Precontractual serán por incumplimiento de contrato. No obstante, nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo limitará o excluirá cualquier responsabilidad por fraude.

23.          Derechos de terceros 

23.1        Salvo que se disponga expresamente en otra parte de este Contrato, quien no sea parte de este Contrato no tendrá ningún derecho en virtud de la Ley de Contratos (Derechos de Terceros) de 1999 para hacer cumplir ningún término de este Contrato, pero esto no afecta a ningún derecho o recurso de un tercero que no emane de dicha Ley.

23.2        Los derechos de las partes a terminar, rescatar o acordar cualquier variación, renuncia o acuerdo en virtud de este Acuerdo no están sujetos al consentimiento de cualquier persona que no sea parte de este Acuerdo.

24.          Litigio y ley aplicable

24.1        Translayte cuenta con un proceso formal de gestión de reclamos. Si se registra un reclamo, Translayte lo atenderá y entablará correspondencia con el Proveedor con el fin de resolverlo a satisfacción mutua. Translayte, por su parte, hará todos los esfuerzos razonables para resolver cualquier conflicto de forma amistosa, y espera que sus clientes actúen de forma similar. Cualquier controversia que no pueda ser resuelta por las propias Partes se resolverá mediante arbitraje. 

24.2        El arbitraje se regirá por las normas establecidas en ese momento por la Asociación de Empresas de Traducción de Inglaterra, que se suministrarán previa solicitud. La decisión del tribunal de arbitraje será definitiva y vinculante para todas las partes implicadas. 

24.3        El Acuerdo se interpretará según la ley de Inglaterra y Gales. 

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